Os resumimos en esta página las recomendaciones más importantes a tener en cuenta para evitar sanciones:
1ª Recomendación – Poner en marcha un modelo de registro laboral antes o de forma inmediata a partir del 12 de mayo de 2019
2ª Recomendación – En función del nº de trabajadores, lugar donde prestan servicio los trabajadores y en función del tipo de jornada os debéis decantar por un sistema manual o electrónico de registro de jornada:
Registro de jornada manual | Registro de jornada mediante dispositivo electrónico | |
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Según el nº de trabajadores de la empresa | < 20 Trabajadores | > 20 Trabajadores |
Según el lugar donde prestan servicio | En el centro de trabajo de la empresa | Trabajadores que dan servicio mediante desplazamientos o fuera del centro del trabajo de la empresa |
Según el tipo de jornada | Con entrada y salida ordinara, estandar | Media jornada, jornada a turnos, jornadas con guardias u horarios distribuidos |
Sanciones y multas según la ley española
Ausencia de registro de jornada laboral diaria | INFRACCIÓN LEVE: No informar de las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral. |
DE 60 € A 625 € |
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INFRACCIÓN LEVE: Incumplimientos que afecten a obligaciones meramente formales o documentales |
DE 60 € A 625 € | |
INFRACCIÓN GRAVE: La transgresión de las normas y los límites legales pactados en materia de tiempo de trabajo |
DE 625 € A 6250 € | |
No comunicación a la Representación Legal de los Trabajadores de las horas extras realizadas |
INFRACCIÓN GRAVE: La transgresión de los derechos de información, audiencia y consulta de los representantes legales de los trabajadores. |
DE 625 € A 6.250 € |
Enmascaramiento de horas de trabajo extras bajo otros conceptos salariales |
INFRACCIÓN MUY GRAVE: SI se ha producido un aumento indebido de prestaciones. | DE 6.251 € A 187.515 € |
Realización de horas extras no declaradas | INFRACCIÓN GRAVE: No consignar en el recibo de salarios las cantidades realmente abonadas al trabajador. |
DE 625 € A 6.250 € |
INFRACCIÓN GRAVE: Establecer condiciones de trabajo infenores a las establecidas legalmente o en convenio colectivo. |
DE 625 € A 6.250 € | |
INFRACCIÓN MUY GRAVE: El Impago y los retrasos reiterados en el pago del salario debido. | DE 6.251 € A 187.515 € | |
Superación de los límites previstos de horas extras | INFRACCIÓN GRAVE: La transgresión de las normas y los limites legales o pactados en jornada. trabajo nocturno. horas extraordinarias. horas complementarias. descansos, vacaciones, permisos y, en general. el tiempo de trabajo. |
DE 625 € A 6.250 € |
Conflicto colectivo | Riesgo de sentencia condena a la empresa a establecer un registro de jornada y a informar a los trabajadores y a la representación legal de los trabajadores de los correspondientes resúmenes mensuales. | Condena a hacer |
Presunción iuris tantum | Ante la ausencia de registro se puede presuponer que los Contratos a tiempo parcial son a tiempo completo. | Conversión contractual y reclamación de cantidad |